Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1.- SIN LUGAR la objeción de la cuenta formulada por el Abogado Miguel Hernández, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Manuel Jordao Pita.
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la cuenta presentada por la DEPOSITARIA JUDICIAL PORTUGUESA C.A., inscrita por ante el Juzgado de 1era. Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa el 16-02-1.984, bajo el Nº 2896, folios 64 fte. al 68, Tomo XVIII de los libros de Comercio llevados por ese Tribunal y en el Ministerio de Justicia, Resolución Nº 5, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 33180 de fecha 08-03-1.985, correspondiente a la cuenta total de emolumentos y tasas del bien inmueble depositado, por medida ejecuti.....