DISPOSITIVA:
Por los anteriores razonamientos este Juzgado Del Municipio Sucre Del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara Con Lugar La Revisión de Obligación Alimentaría, solicitada por la Ciudadana: María Graciana Hernández, en nombre y Representación de su nietos: xx, xx y xx, contra el Ciudadano: Daniel A. Barrios Rodríguez, Venezolano, mayor de edad, Educador y Cédula Identidad N° 10.052.414, y fija la cantidad de: Ciento Ochenta Mil Bolívares (Bs.180.000,00) y el doble de la cantidad en los mes de Septiembre y Diciembre de cada año, más los gastos de medicina las veces que lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada en una cuenta de Ahorro que será aperturada por la Ciudadana: María Graciana Hernández.
Regístrese y publíquese y déjese copia.-
Dado, Sellado y Refrendado en.....