DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación Alimentaria solicitada por la ciudadana: Liliana Coromoto Dugarte Rodríguez, Venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Barrio el Paraparo, por los lado de la Manga de Coleo de esta Población, del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 14.551.108, en nombre y representación de su hija: xxxxx, contra el Ciudadano: Oswaldo Antonio Briceño García, Venezolano, mayor de edad, domiciliado en Barrio San Francisco Calle Principal, antes de llegar a las tres esquinas de Biscucuy, Trabaja en una carnicería de los hermanos “Peraza” y tiene una venta de Perros Calientes, por la calle Negro Primero, titular de la cédula de Identidad N° 15.399.809, y f.....