DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la demanda de Obligación Alimentaría intentada por la ciudadana Karina Maikely Rivero Canelón, en representación de su hija xx, contra el ciudadano Jesús Manuel Paredes Paredes, venezolano, mayor de edad, domiciliado Biscucuy Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 18.471.369, y fija la cantidad de_ setenta mil bolívares (Bs.70.000,00) mensuales y el doble de la cantidad en el mes de diciembre de cada año, más los gastos de medicina las veces que lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Banfoandes, en una cuenta que será aperturada por la ciudadana: Karina Maikely Rivero Canelón.
Regístrese y publíquese y déjese copia.
Dado, .....