DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: María Amelia Anzorriga Vasquez, venezolana, mayor de edad, domiciliada Urb. San Francisco cerca del Mercal, Biscucuy del Municipio Sucre estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 18.072.377, en representación de sus hijas: xx y xx, de 09 y 08, años de edad, contra el ciudadano: Francisco Javier Riera Camacho, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Concepción en La Laura, jurisdicción del Municipio Sucre estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 16.210.429, y fija la cantidad de doscientos bolívares (Bs.200,00) mensuales, y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año, más medicina cuando lo ame.....