DISPOSITIVA:
Por los anteriores razonamientos este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, que motivo este Juicio.
Se condena en Costas al demandante, por haber resultado totalmente vencido en el presente Juicio.
Regístrese y publíquese y déjese copia.-
Dado, Sellado y Refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado Del Municipio Sucre Del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.- En Biscucuy, a los Veintiséis (26) días del mes de Octubre del Dos Mil Cinco. AÑOS: 195° Y 146°.-
La Juez,
Abg. Silvia Tomasa Valladares
El Secretario;
Juan Bautista Manzanilla Duran
En esta misma fecha se dictó y público siendo las 2:30 p.m, Conste.
Nélida