DISPOSITIVA:
Por los anteriores razonamientos este Juzgado Del Municipio Sucre Del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara Con Lugar La Obligación Alimentaría, solicitada por la Ciudadana: Maribel del Carmen Valladares, en nombre y Representación de su Hija: xxx, contra el Ciudadano: Adolfo Ramón Narváez, Venezolano, mayor de edad, Educador y Cédula Identidad N° 10.720.413, y fija la cantidad de: Cien Mil Bolívares (Bs.100.000,00) y el doble de la cantidad en los mes de Julio y Diciembre de cada año, más los gastos de medicina las veces que lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Provincial, N° 01080111710200202396, a Nombre de la Adolescente antes mencionada representada por la Ciudadana: Maribel del Carmen Valladares.
Regístrese y publíquese y déjese copia.-
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