UNICO:
En razón de los fundamentos ya expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, todo de conformidad con el Artículo 651 del Código de Procedimiento Civil.-
Regístrese, Publíquese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Biscucuy a los Treinta (30) días del Mes de Septiembre del Dos Mil Cinco. Años 195º y 146º.-
La Juez Suplente,
Abg. Silvia Tomasa Valladares.-
El Secretario;
Juan Bautista Manzanilla Durán
En esta misma fecha se dictó y publicó la Sentencia, siendo las 2:00 p.m. Conste.
Strio,
Exp Nº 599/2005
Milagro.-