DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuesto, este JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA,
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1.) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que motiva este juicio.- En consecuencia, se fija como Revisión de Obligación de manutención, al ciudadano: WILFREDO JOSE LUCENA BASTIDAS a favor de sus hijos: X y X la cantidad de CIENTO TREINTA BOLÍVARES FUERTES (BS. 130,oo) mensuales y en cuanto a los gastos por concepto de uniformes, útiles escolares. ropa en el mes de diciembre y medicinas cuando sea necesario, los mismos serán compartidos por ambos padres-
2.) Se acuerda que dicha Obligación de manutención siga siendo descontada y depositada en cuenta de ahorros que ya está aperturada a nombre de los niños: X y X, por ante el Banco Provincial de esta población de Chabasquén.-
Regístrese, .....