DECLARA: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 267 primer aparte del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECLARA.
Por cuanto no existe mas diligencias que practicar, se acuerda darle salida del registro respectivo y remitir al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, en su oportunidad legal.
Dado, Sellado, Firmado y refrendado en la Sala del Juzgado del Municipio Monseñor Jose Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa a los quince días del mes de Mayo del dos mil ocho.- Años: 198° y149°.
La Juez Titular,
Abg.: Janet del Carmen Zavarce Pinto
La Secretaria,
Abg. Francisca. González.-