Por el motivo antes expuesto, este JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Extinguida La Obligación de Manutención, seguida por la Ciudadana: MARIA ANDREA OLIVAR GIL contra el Ciudadano TEODORO ANTONIO COLLAZO, en beneficio del ciudadano ANTONIO JOSE COLLAZO OLIVAR, todo de conformidad con el Articulo 383 Literal a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así mismo se acuerda el Archivo del presente expediente.
Regístrese, Publíquese y déjese copia.
Dado, Sellado, Firmado y Refrendado en la Sala del Juzgado Del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Chabasquén a los Dieciocho días del mes de Marzo del dos mil Once. Años: 200° y 151°.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Zoraida .....