En base a lo anteriormente expuesto en relación a lo solicitado por la Ciudadana MARTIZA VILLEGAS se ordena lo siguiente: PRIMERO: Expídase copias certificadas de los Folios 28 y siguientes que forman parte del expediente numero 219-03, incluyendo la diligencia que lo solicita y el auto que la provea- SEGUNDO: Remítase dichas copias certificadas conjuntamente con oficio a la Fiscalía Superior del Estado Falcón a los fines de que sea Aperturado el procedimiento de Investigación a los fines de que se determine si realmente la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Falcón, en la persona de su Alcalde, se encuentra incurso en el Supuesto Ilícito de DESACATO A LA AUTOTIDAD previsto y sancionado en el articulo 270 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, al no haber cumplido a la presente fecha con la Medida Judicial de retención de Obligación Alimentaria ordenada por el Tribunal, desde fecha 30 de Octubre del año 2003, y ratificada en varias oportunidades por .....