DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa,
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre los Ciudadanos MANUEL ALEJANDRO VILORIA y GREGORIA COROMOTO LEÓN GODOY, en los términos por ellos acordados. Por lo tanto la Obligación Alimentaria queda establecida en la Cantidad de BOLIVARES OCHENTA MIL MENSUALES (Bs 80.000, oo) Mensual, tal como lo convinieron las partes, cantidad esta que será depositada por el padre y
retirada por la madre ante la sede de este Tribunal los primeros cinco dias de cada Mes, quedando entendido que igualmente el padre esta Obligado a contribuir con la madre con la mitad de los gastos por concepto de: Ropa, Zapatos, Útiles .....