En fuerza de las motivaciones que preceden, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana ROSIBETH COROMOTO CORDERO, en contra del ciudadano RAFAEL EUSTACIO VILLEGAS SERRADAS.
2) Acuerda y fija como obligación alimentaria al ciudadano RAFAEL EUSTACIO VILLEGAS SERRADAS, la cantidad de BOLIVARES SESENTA MIL (Bs. 60.000,oo) MENSUALES, que entregará a la madre de los niños, en dinero en efectivo, y se fija, además, la suma adicional de BOLIVARES CIENTO VEINTE MIL (Bs 120.000,oo) para los meses de septiembre y diciembre de cada año, para sufragar la compra de útiles escolares, uniformes y ropa de la época decembrina de los niños.
3) Por ultimo, se establece que a.....