DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Obligación de manutención formulada por la ciudadana AITZA NAYIBE CORDERO LISCANO en contra del ciudadano ROBINSON JOSE FERNANDEZ PEREZ
2) Se acuerda y fija como obligación de manutención mensual la cantidad de BOLIVARES TRECIENTOS (Bs 300, oo), que el obligado alimentario deberá cumplir, entregando dicha cantidad a la madre de las niñas el ultimo de cada mes, sin falta, con carácter obligatorio y a la fecha, esto tomando en consideración que la obligación de Manutención una vez fijada por el Tribunal, es de carácter obligatorio.
3) En cuanto a los gastos de los meses de Diciembre de cada año para ropa y zapa.....