En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: "Embargados Preventivamente un vehículo automotor de carga, tipo: Chuto, Toronto, marca; Mack, color: Amarillo, Placas:789-FAU, con las características especificadas por el y en este mismo acto los coloca a disposición de la Depositaria Judicial Portuguesa, c.a representada legalmente por la ciudadana Restituta del Carmen Mena, ya identificada quien expone: "Recibo conforme el bien representado por un vehículo automotor de carga anteriormente identificado y en este mismo acto solicito copias certificadas de la presente actuación. Es todo". El Tribunal da por cumplida su misión y siendo las 11:30 a.m., resuelve volver a su sede, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.