En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:” Secuestrado el inmueble constituido por una casa con paredes de bloque, ubicado en la avenida 15, con calle 2, S/N, Barrio Ali Primera, del Municipio Autónomo Araure, Estado Portuguesa, con área de 1.575 metros cuadrados con los linderos especificados anteriormente propiedad del demandante ciudadano Rafael Ramón Valdive Fernández, ya identificado y lo coloca a disposición de la Secuestrataria Representante legal de la Depositaria Judicial Portuguesa C.A, ciudadana Restituta del Carmen Mena, quien expone: Recibo conforme el inmueble antes identificado y en este mismo acto solicito al Tribunal me expide copia certificada de la presente acta, es todo. Seguidamente el Tribu.....