Seguidamente el Tribunal visto lo expuesto por las partes, lo acuerda de conformidad y en consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: "Embargado Ejecutivamente los bienes antes señalados y avaluados y en este mismo acto los coloca a disposición de la Depositaria Judicial Portuguesa, C.A., representada legalmente por la ciudadana Restituta del Carmen Mena, ya identificada, quien expone: "Recibo conforme los bienes antes señalados y avaluados, es todo." Seguidamente el Tribunal procede a hacer la entrega material del inmueble constituido por un local comercial que forma parte de un inmueble mayor, identificado con el N° 8, ubicado en la calle 28 cruce con avenida 33 y sus linderos son Norte: calle 29, Sur: Patio Central, Este: Loc.....