Seguidamente se hizo presente el abogado en ejercicio Anyelo D´Lizarazo, inpreabogado No 135.839, a los fines de asistir al demandado en esta causa quien estando presente expone:" Convengo en la demanda y ofrezco en este acto en cancelar la deuda de seis mil novecientos trece bolívares con sesenta céntimos (bs 6.913,60) de la siguiente manera en este acto la cantidad de tres mil cuatrocientos cincuenta y seis bolívares con seis céntimos (Bs 3.456,06) en cheque a la orden de Adriana Eugenia González Dávila de la entidad bancaria Bicentenario banco universal de la ciudad de Punto de Servicio campo Elias, código cliente No 01750237940071131360 de fecha 12/03/2012 cheque No 34960021 y el resto es decir la cantidad de Tres mil cuatrocientos cincuenta y seis bolívares con seis céntimos (Bs 3.456,06) el 03/04/2012 por ante el Tribunal de la Causa esto con la intención de solicitar en este acto se suspenda la medida de embargo preventiva, es todo. Seguidamente solicita el derecho de palabra.....