En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: "Embargado preventivamente los bienes antes señalado y avaluados y en este mismo acto los coloca a disposición de la Depositaria Judicial Portuguesa representada legalmente por la ciudadana Restituta del Carmen Mena, ya identificada quien estando presente expone: "Recibo conforme el bien antes señalado y avaluado, y en este mismo acto solicito copia certificadas de la presente acta, es todo". Seguidamente el Tribunal visto lo solicitado por la depositaria Judicial lo acuerda de conformidad y acuerda expedir las copias solicitas, es todo. Seguidamente interviene la ciudadana Lila Luzmila Mendoza, ya identificada, demandada en esta causa, debidamente asistida en este acto por el abog.....