En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: ?Embargado Preventivamente la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3.000.000,oo) de la cuenta corriente No 0358-61-0100058135, del Banco Provincial, donde su titular es AGROPECUARIA MIJACNY C. A., parte demandada, por lo que en este acto se le solicita al notificado, ciudadano ANDRES ELOY BLANCO MORA, antes identificado y en su condición de Gerente Administrativo de la Entidad Bancaria Banco Provincial expida en este acto Cheque de Gerencia con la cantidad aquí embargada preventivamente a los efectos de ser depositados en el Banco Industrial de Venezuela de la ciudad de Araure, con la debida aperturación de una cuenta de Ahorro a nombre de este Juzgado Ejecutor de Medidas, del.....