Seguidamente solicita el derecho de palabra la demandada ciudadana Aura Marina Barrios de Dudamel ya identificada, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio Gladys Marina Mendoza Barrios ya identificada quien expone: "Por cuanto acepto y convengo que le debo a la parte actora la cantidad par la cual me están embargando y que corresponde de una letra por mi aceptada por la cantidad de cincuenta y siete mil cuatrocientos bolívares incluyendo honorarios y costos y siendo que mis posibilidades es por lo que puedo en ofertar en este acto la cantidad de quince mil bolívares (Bs. 15.000) en dinero en efectivo, esperando con este ofrecimiento me sea aceptado como pago total de la deuda y mas nada tenga que deber ni por este ni por otro concepto relacionado con el mismo y se suspenda la Medida de Embargo. Es todo". Seguidamente interviene el Apoderado Actor ya identificado y expone: "Por cuanto se hace evidente el estatus económico de la demandada su avanzado estado de edad así como las .....