En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: "Embargo preventivamente el vehículo automotor marca: Ford, camioneta pick-up, color Azul, antes identificado y en este mismo acto lo coloca a disposición de la Depositaria Judicial Portuguesa C.A, representada legalmente por la ciudadana Restituta del Carmen Mena, antes identificada quien expone: "Recibo conforme el vehículo anteriormente embargado y en este mismo acto solicito copia certificada de la presenta actuación. Igualmente y por cuanto en este momento no tengo la logística para el traslado del vehículo ya que no tengo grúa en este momento manifiesto que retirare el vehículo en un lapso de 48 horas, contados a partir del día de hoy 26 de mayo del 2009, hora 11:30 am., por lo.....