En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:"La Entrega Material del inmueble constituido por un local comercial galpón signado con el No 40-b, 69, y que es parte de un inmueble de mayor extensión, ubicado en la calle 26 No 40-65 con avenida 40-C Barrio Paraguay Acarigua, Municipio Páez, Estado Portuguesa, libre de bienes y de personas a la parte actora Abg. Hermes Sánchez, quien estando presente expone:" Recibo conforme el inmueble constituido por un local comercial galpón signado con el No 40-b, 69, y que es parte de un inmueble de mayor extensión, ubicado en la calle 26 No 40-65 con avenida 40-C Barrio Paraguay Acarigua, Municipio Páez, Estado Portuguesa, libre de bienes y personas es todo. El Tribunal da por cumplida su misión y resuelve volver.....