En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Embargado Ejecutivamente un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 2-1 y su respectivo puesto de estacionamiento signado con el N° 179, ubicado en el Conjunto Residencial y Comercial General Páez, Edificio F, Apartamento N° 2-1, ubicado en la avenida 17, Barrio San Antonio de la ciudad de Acarigua del Municipio Páez Estado Portuguesa propiedad del demandado SILVIO JOSE SANOJA MANZANO, y cuyos linderos ya fueron descritos en esta acta y debidamente registrado por ante la Oficina de registro Inmobiliario en fecha 21 de diciembre de 1990, bajo el N° 05, folios 01 al 03, Protocolo Primero, Tomo IV, Cuarto Trimestre, Año 1990, i en este mismo acto lo coloca a dispo.....