Seguidamente el Tribunal ejecutor de Medidas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley DECLARA: el Embargo Preventivo de los VEINTE MIL BOLIVARES (20.000), que posee el demandado CIUDADANO: JUAN BAUTISTA CARVAJAL BLANCO, antes identificado en la cuenta corriente Nro. 01340429194293010418 y se instruye al notificado para el bloqueo de la cantidad de dinero antes señalada y se le deja en guarda y custodia al ciudadano: Gerente de la Institución MARCOS GALLEGO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.486.215, hasta que el tribunal de la causa decida lo conducente, es todo