DECISION
Por todo lo antes expuesto y las argumentaciones especificadas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Impartiendo justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: la INCOMPETENCIA FUNCIONAL para conocer de la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesto por los ciudadanos JOSE RAMON CARRIZALEZ BRITO, RODRIGUEZ CRESPO HECTOR JOSE, MENDEZ SAIR ANTONIO, MONTILLA MENDOZA HERMILDO JOSE Y YUSTIZ RODRIGUEZ JOSE RAFAEL, en contra de los ciudadanos PROVIDENCIO YEPEZ, CESAR SEIJAS, FREDDY MARCANO y LUIS SERPA, todos arriba identificados, por considerar que el Tribunal competente es el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA CON SEDE EN LA CIUDAD DE ACARIGUA. Y Así se Establece
SEGUNDO: Se ordena remitir la presente causa a la Unidad de Recep.....