Por otra parte, con respecto al término de la distancia como lo plantea el apoderado judicial de la demandada, se desprende del expediente que la empresa demandada tiene su domicilio estatutario principal en el estado Aragua, y que ésta a su vez posee otras sucursales o agencias en el estado Portuguesa, pues, así se desprendió en audiencia. De igual manera, Por que se permite concluir que este tribunal tiene competencia territorial para conocer del caso, no obstante de ello, la situación tal como ha sido descrita permite señalar que lo correcto es que de notificar en la sucursal, había que otorgarle el referido termino de la distancia, ello acatando el criterio jurisprudencial de la Sala De Casación Social del tribunal Supremo de Justicia se aplica cuando la notificación es dirigida a una agencia o sucursal de una empresa demandada, ello a los efectos de garantizar la certeza en la notificación en auto de admisión se debió ordenar el termino de la distancia y en el presente caso por ha.....