esta Juzgadora de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologa el desistimiento de la presente oferta real de pago, y en consecuencia, se ordena oficiar a la Oficina de Control de Consignación para que se hagan las gestiones conducentes para que se le haga entrega a la empresa ORVAL, S.A., el dinero ofertado, el cual se encuentra depositado en la entidad bancaria Bicentenario. Líbrese lo conducente.