En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación de Prestaciones Sociales, interpuesta por los ciudadanos JUAN CARLOS PETIT, ISMAEL JOSE SANCHEZ ALVARADO Y JHOHNY RAMON MARCHAN, titulares de las cedulas de identidad Nros. 15.213.393, 5.920.161 y 10.639.340 respectivamente, contra las demandadas: SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCCIONES Y VIALIDADES COVIALCA C.A. Y CONSTRUCTORA PLANCO C.A. La primera registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Portuguesa, de fecha 02/09/1996, bajo el nro. 16, tomo 28-A; y la segunda Inscritas por ante el Registro Mercantil De la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 31/05/19.....