En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación de Prestaciones Sociales, interpuesta por la ciudadana MARIA CORNELIA MENDOZA, titular de la cedula de identidad nro. 6.634.046, contra demandada: sociedad mercantil FUENTE DE SODA, RESTAURANT Y CERVECERIA DOÑA CARLOTA, C.A Inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 29 de abril de 1.999, bajo el nro. 57, tomo 74-A, representante legal NAJAT BITRUS DE LAYTOUNI y JOSE LAYTOUNY, titulares de las cedulas de identidad nros. 14.900.602 y 15.866.893 respectivamente y se publica en el día de hoy acogiendo el criterio del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constituci.....