Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal 2do de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua, conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley INADMISIBLE la presente demanda incoada por los ciudadanos JOSE YOHAN GOMEZ ARAMBULET, GILMER ALEIVER MARQUEZ MONTILLA, JOSE ALEJANDRO MARQUEZ ROMERO, ALEXANDER JOSE SUAREZ, MIGUEL ARCANGEL CASTELLANO Y IVAN JOSE ALMARIO contra CONSTRUCTORA Y TRANSPORTE EL BURRINO Y CONSTRUCCIONES P.M S.A, Y SOLIDARIAMENTE A LOS CIUDADANOS: JULIO RAMON NAVAS Y ROGER PEREZ. A los veinte y siete (27) días del mes de julio de 2009. Se ordena su publicación y su ingreso en el sistema Juris 2000.