Por lo antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por los ciudadanos, FRANCISCO BALBINO PUERTA ARAUJO y MARIA ABIGAIL ROSALES FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.858.925 y V-12.964.590, asistidos en este acto por el Abogado: CLIMACO ANTONIO ORTEGA TORRES, Inscrito en el (INPREABOGADO) bajo el N° 168.437.
Publíquese, regístrese y déjese copias certificadas. Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Acarigua, a los Veintitrés (23) días del me.....