-XI-
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercida en fecha 27 de Octubre de 2025, por el Abg. IGNACIO JOSÉ HERRERA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia interlocutoria, dictada en fecha 09 de Octubre de 2025, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, mediante la cual declaro: SIN LUGAR la oposición realizada en fecha 09 de junio de 2025, por el abogado LUIS FERNANDO FERRER NARVAEZ, actuando como apoderado judicial del ciudadano ROMAN BETANCOURT ORTIZ, contra la MEDIDA CAUTELAR NOMINADA DE SECUESTRO, decretada por este Juzgado el 11.....