DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA E INFUNDADA la recusación interpuesta en fecha 23 de abril de 2026, por la ciudadana MARÍA VIRGINIA BIGOTT CARVAJAL, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.070.378, en su condición de víctima, en la causa Nº CM2-P-2023-000252, en contra de la ciudadana Abogada ADOLKIS TERESA CABEZA, en su condición de Jueza Provisoria del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 4, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, extensión Acarigua, de conformidad con los artículos 89 numeral 8 y 90 del Código Orgánico Procesal Penal
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia y remítase las presentes actuaciones al Tribunal de procedencia, a los fines de la continui.....