DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana Viviana Sarahi Zerpa Urriola, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-24.908.536, debidamente asistida por la Abogada Zulma Coromoto Rivero Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.723.978, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 134.155, y de este domicilio, de conformidad con lo previsto, en el Oficio N° SM-25-044, de fecha 17 de Julio de 2025, emitido por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Guanare Estado Portuguesa. Háganse las anotaciones estadísticas correspondientes y devuélvase en original las presen.....