Es por estos razonamientos, y con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara de conformidad con lo previsto en los artículos 144 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION Nº 02, de fecha 25/01/1994, inserta ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Antolín Tovar del Municipio San Genaro de Boconoito, del Estado Portuguesa, en los Libros de Registro Civil de Defunción del año 1994, formulada por el ciudadano Alejandro José Mobilia Bermon, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.188.506, Correo Electrónico: mobilialejandro@hotmail.com, teléfono: 0426-2771150, asistido por las Abogadas Yusmary Elena Fernández R.....