DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de mayo de 2026, por el Abogado ALDO JOSÉ MUJICA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 134.003, actuando en su carácter de defensora privado del adolescente (DATOS SE OMITEN POR RAZONES DE LEY), SEGUNDO: Se declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 1° de junio de 2026, por la Abogada YURLI.....