En base a la fundamentación antes señalada, y por cuanto esta Jurisdicente observa que los copropietarios del bien anteriormente descrito manifiesta en su escrito de solicitud estar conformes con la partición en los términos por ellos estipulados, es por lo que este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN al convencimiento de Cesion de Derechos y Acciones realizado por los ciudadanos Silvia Rosa Escalona de Díaz y Fabio Díaz Ruiz, ut supra, sobre el bien en los términos por ellos convenido.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, sellado y refrendado en la sala del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. B.....