Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por el ciudadano MICHELL RAFAEL AVILA CORDERO en contra de la ciudadana MARIA MERCEDES TRESPALACIO JIMENEZ, ambos identificados en autos, en consecuencia, conforme al artículo 185 Eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído en fecha 14 de Febrero de 2015, ante el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, según Acta de Matrimonio Nº 79, año 2015.
Publíquese, regístrese y déjese copias certificadas.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscr.....