DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el recurso de apelación de fecha 17 de abril de 2026, por el Abogado LUIS JOSÉ GUILARTE ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo matrícula N° 138.853, en su condición de defensor privado del acusado TONY SHAMEKIAN BAGHDIKIAN, titular de la cédula de identidad N° V-20.387.388, en contra de la decisión dictada en fecha 7 de abril de 2026 y publicada en fecha 9 de abril de 2026, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, extensión Acarigua, en la causa penal Nº PP11-P-2025-000834, con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar, conforme a los artículos 428 literal "c" concatena.....