DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 4 de marzo de 2026, por el Abogado EUSEBIO GIMÉNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo matrícula N° 122.464, en su condición de defensor privado del acusado GIAN FRANCO DE SIMONE CAPRILE, titular de la cédula de identidad N° V-10.883.375; y SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión publicada en fecha 25 de febrero de 2026, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 3, del Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare, en la causa penal Nº 3J-1625-25, mediante la cual se declaró improcedente la petición incoada por los defensores privados, negándose el sobreseimiento de la cau.....