D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por la ciudadana LUCY SORANGEL PACE ÁVILA, titular de las cédula de identidad número V-24.145.787, asistida por la abogada MARY LUZ SANCHEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 172.011s, que formuló con fundamento en la sentencia Nº 1070 de fecha 09 de diciembre de 2015, emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos LUCY SORANGEL PACE ÁVILA y ERICH EDUARDO TERÁN, titulares de las cédulas de identidad número V-24.145.787 y V-17.945.946, respectivame.....