DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la recusación interpuesta en fecha 26 de enero de 2026, por el Abogado ELYS RAFAEL GOMEZ MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.330.226, inscrito en el Inpreabogado bajo matrícula N° 188.423, en su condición de defensor privado del imputado MAIKE YUSETH CARVAJAL CORDERO, titular de la cédula de identidad Nº V-27.217.051, en la causa penal Nº CM2-P-2025-1770, en contra de la Abogada MARIANELLA CÁRDENAS LAVORDA, en su condición de Jueza Provisoria del Tribunal de Primera Instancia (Municipal) en Funciones de Control Nº 2, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, con sede en Guanare, de conformidad con el artículo 95 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese,.....