DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia actuando en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA REVISION DE LA MEDIDA al imputado: Vargas Vera Edgar Gregorio, Venezolano, natural de Píritu, Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 03-04-1970, de 34 años de edad, de profesión mecánico, residenciado en la calle 9, entre carreras 07 y 08 de Píritu, municipio Esteller del Estado Portuguesa, en consecuencia modifica la medida cautelar que le fuera impuesta al imputado referida a la prohibición de concurrir a la población de Píritu, en consecuencia a partir de esta fecha el imputado tiene la prohibición de concurrir a menos de cinco cuadras del sitio donde ocurrieron los hechos o vivan las víctimas, quedando intactas el resto de las medidas cautelares.
El Juez de Contr.....