DISPOSITIVA
Por las razones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la INHIBICION planteada por la abogado CARMEN ZORAIDA VARGAS, en su condición de Juez Primera de Primera Instancia Penal en función de Ejecución, con sede en este Circuito Judicial Penal, en la causa seguida contra el ciudadano GREY ZAIN BARRIOS UZCATEGUI, con fundamento en el numeral 8º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 eiusdem