Por los anteriores razonamientos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, y le imparte su HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por el ciudadano: JOSÈ PAUSIDES NAVARRO CHAVEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.608.308, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ TORREALBA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.850.146, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 71.210, parte demandante y el ciudadano: JUAN BAUTISTA CARVAJAL BLANCO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.560.467, asistido por la Abogada en ejercicio LISBELLA CARVAJAL, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.560.879, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.103; en consecuencia se extingue el presente proceso, conforme a lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento.....