Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadana: MARIA MATILDE ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, inscrita por ante la Prefectura del Distrito Guanare estado Portuguesa, hoy Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa durante el año 1.968, inserta bajo el Nº 51, Tomo 1, folio 31 fte, de fecha 23-01-1.968, de los libros de Registro de Defunciones.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN antes descrita, en lo que respecta a deja cinco hijos legítimos de nombres el cual se asentó erróneamente como "Olga, Carmen, Zoraida, Lino Ramón, Flor Maria Y José Adelis", siendo lo correcto "OLGA, CARMEN, LINO RA.....