DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada en fecha 01 de Abril de 2013 por la Ciudadana Fiscal Sexta del Ministerio Público del Estado Portuguesa en contra de LEOBARDO RAMÓN GUÁRATE, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.058,728, nacido en fecha 06 de Noviembre de 1965, natural de Guanarito, Estado Portuguesa, hijo de Dimas Abreu y Elocadia Guárate, de ocupación comerciante, de estado civil soltero, residenciado en el Barrio El Progreso, Sector 03, Calle Emiro Gabaldón, casa Nº 12, Guanare, Estado Portuguesa; por la presunta comisió.....