Revisado el escrito contentivo de la Acusación presentado por el Representante del Ministerio Público y expuesto en la audiencia por la Abogado JULENE DEL VALLE GODOY ROMERO, se encuentran llenos los requisitos formales de la acusación conforme al artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, realizando el control formal y material de la acusación este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en función de Control Nº 3, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal, en contra del ciudadano: MOISES GREGORIO LINARES VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.848.873, natural de Acarigua estado Portuguesa, nacido en fecha 15/09/74, estado civil casado, de profesión u oficio, Ex Funcionario Policial del Estado Po.....